Definición OAI (Oficina de Acceso a la Información)
La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas.
Definición RAI
El representante de Acceso a la Información, es el responsable de tramitar y facilitar las informaciones requeridas y de ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.
Proceso de Solicitud de Información:
• Completar el formulario de solicitud de información.
• Se procede a la revisión de dicho documento con la finalidad de verificar que está debidamente completada(o).
• Se hace entrega de acuse de recibo al solicitante.
• Según la complejidad de la información, se asigna una fecha de entrega. En caso de no ser el INABIE la entidad competente para ofrecer la información requerida, dicha solicitud se refiere a la institución correspondiente y se le informa al solicitante, el curso que ha tomado su solicitud y la institución destinataria.
• Seguimiento de la(s) solicitud(es) hasta confirmar que se ha suministrado la información.
Contacto Responsable de Acceso a la Información:
Licda. Rosanna Leticia Alberto Perez
RESPONSABLE DE ACCESO A LA INFORMACION
Correo: rosanna.albertoEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - lEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Teléfonos: 809-732-2750, Ext. (1229), Flota 829-520-6451.
Dirección: Ave. 27 de Febrero # 559, Sector Manganagua, Sto. Dgo. República Dominicana Horario de Lunes a viernes 8:00 a.m. a 4:00 p.m.