Cooperativa Estudiantil


 

 

Las cooperativas escolares promueven la democracia participativa, desde los principios y valores mutualistas, para que en las escuelas se fomente una cultura de paz, economía solidaria y autogestión, promoviendo el desarrollo e incentivando el ahorro desde temprana edad.

Los estudiantes forman su propia cooperativa de manera voluntaria, promoviéndose el desarrollo del liderazgo, e incentivándose el ahorro desde los primeros años de vida.

 

Antecedentes y base legal

El origen de las cooperativas, se remonta a Francia donde, en 1919, al finalizar la  primera guerra mundial, el inspector de enseñanza primaria Barthélemy Profit organizó la primera cooperativa escolar, denominada “Las Abejitas”.

Esta iniciativa fue orientada a disminuir los daños materiales de la contienda en las instalaciones escolares y a impulsar la dotación de medios didácticos, con la participación activa y formativa de los estudiantes.

 La experiencia asociativa pronto se expandiría a otros países del mundo, entre ellos de América Latina y El Caribe.

A partir del gobierno encabezado por Rafael LeonidasTrujillo  surge formalmente en República Dominicana el denominado ahorro escolar, mediante la Ley 4227 del 6 de agosto de 1955, la cual estableció la creación de las cooperativas escolares en la educación pública y privada, a nivel nacional.

En 1962, después de la caída de la dictadura, se inició un proyecto piloto con 100 cooperativas escolares en igual número de escuelas; el mismo no se ejecutó como fue concebido, debido a la inestabilidad política de la época.

La Ley 28´63, promulgada el 23 de octubre de 1963, estableció la enseñanza del cooperativismo, con carácter de obligatoriedad, “en el segundo curso de educación intermedia (8vo. Grado) y en el tercer curso del bachillerato”. En ese mismo año, la Ley 31, crea el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP).

En 1964, en la Ley 127, se definen lo que son las cooperativas escolares y se indica su radio de acción. Las primeras cooperativas escolares fueron organizadas en los liceos Estados Unidos y República de Argentina, en el Distrito Nacional. En el año 1965, profesores del Liceo Fernando Arturo de Meriño, organizaron una cooperativa escolar en dicho plantel.

En 1978 la Secretaría de Estado de Educación Bellas Artes y Cultos (SEEBAC), junto al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), elaboró un programa para promover y organizar las cooperativas escolares. La Orden Departamental (O.D.) 11-82 crea posteriormente el Departamento de Cooperativas Escolares, con el propósito de promover la constitución de las mismas en los centros educativos y de esta manera contribuir a la formación que requieren docentes y estudiantes.

Con la más reciente Orden Departamental 01-2007 se establece el reglamento vigente de las cooperativas escolares, para la organización, funcionamiento y registro de éstas. 

Por su parte, la Constitución de la República Dominicana, año 2010, en su Título XI, artículo 222, indica que:

“El Estado reconoce el aporte de las iniciativas económicas populares al desarrollo del país; fomenta las condiciones de integración del sector informal en la economía nacional; incentiva y protege el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, las cooperativas, las empresas familiares y otras formas de asociación comunitaria para el trabajo, la producción, el ahorro y el consumo, que generen condiciones que les permitan acceder a financiamiento, asistencia técnica y capacitación oportunos”.

El día 25 de octubre es el Día Nacional del Cooperativismo.

El 31 de octubre, según recoge elcalendario escolar, es el Día Nacional del Ahorro Escolar.


Naturaleza de las cooperativas escolares:

Según la Orden Departamental (O.D.) 01-2007 “son sociedades organizadas voluntariamente por estudiantes, bajo la asesoría de sus profesores, contando con la asistencia de los técnicos nacionales del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE) y de los técnicos de orientación, psicología y atención a la diversidad de las regionales y distritos educativos."

A diferencia de otros tipos de cooperativas, en el caso de la Cooperativa Escolar, aunque tengan un objetivo económico, éste se supedita a una finalidad eminentemente educativa (Art. 11, O. D. 01´2007).

 

Propósitos de las Cooperativas Escolares:

  • En el marco de los propósitos y fines citados en los artículos 10 y 11 de la  O. D. 01-2007, resulta pertinente:
  • Sentar las bases  para formar líderes cooperativistas, que contribuyan al desarrollo de actitudes, valores (morales, éticos, patrióticos) y prácticas democráticas para el bienestar común.
  • Crear desde las escuelas futuros emprendedores que desarrollen habilidades y destrezas administrativas en sus cooperativas.
  • Incentivar el hábito del ahorro y el uso racional de los recursos desde temprana edad.
  • Al igual que otros programas de participación estudiantil promovidos desde el INABIEl, las cooperativas escolares promueven el desarrollo psico-social del estudiante, y lo involucran en la mejora y mantenimiento de su centro educativo. De forma más específica, vinculan al estudiante con actividades productivas, sin que descuide sus estudios.
  • Los propósitos de las cooperativas escolares se desarrollan y canalizan en acciones promotoras del bien común, en función de los principios cooperativos, sintetizados en el cuadro que sigue.

 

Se benefician de los servicios de las cooperativas escolares:

  • Fundamentalmente, estudiantes que cursan grados escolares del nivel Básica y Media, pertenecientes a centros educativos públicos, de las diferentes regionales y distritos educativos del país.
  • Se apoya, en condición de colaboración, las solicitudes de instituciones afines que requieran orientación y material educativo para la promoción de estos espacios de participación estudiantil o cualquier otra acción que contribuya al desarrollo del liderazgo, la democracia participativa, los valores positivos y el incentivo autogestionario para beneficio de la población escolar.    

 

Pueden acceder a estos servicios:

  • Por iniciativa de los centros educativos públicos, a través de las regionales y distritos educativos. 
  • A través de la página WEB, llenando el formulario de solicitud de servicios al Departamento de Servicio Social Estudiantil.